
- By JOHAN MONTANO
- In ECONOMIA, MADERFORMAS, NORMAS, SEGURIDAD
- Tags DECRETO 1072 DEL AÑO 2015, MADERFORMAS, SEGURIDAD, SG-SST, TRABAJO
Alerta con nuevo Decreto 1072 de 2015 – Decreto único reglamentario sector trabajo
Desde el año 2014 con el decreto 1443. “Por el cual se dictan disposiciones para la implementación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST)» las empresas de toda Colombia han modificado su programa de Salud Ocupacional por la implantación del Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo, para el año 2015 se crea el Decreto Único Reglamentario del sector Trabajo y derogó el decreto 1443 ya que el decreto 1072 del año 2015 aborda todo lo relacionado con el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo. En su artículo 2.2.4.6.37. Se dictaminan términos y disposiciones de cumplimiento mandatorio: Modificado por el artículo 1 del Decreto 171 de 2016. “Todos los empleadores públicos y privados, los contratantes de personal bajo cualquier modalidad de contrato civil, comercial o administrativo, organizaciones de economía solidaria y del sector cooperativo, así como las empresas servicios temporales, deberán sustituir el Programa de Salud Ocupacional por el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) a más tardar el 31 de enero de 2017”. Esta fecha es de cumplimiento para todas las empresas del país.
El apoyo a las empresas esta soportado por las Administradoras de Riesgos Laborales quienes estarán trabajando en equipo, brindando asesoría y asistencia técnica en la implementación del SG-SST. Las ARL presentarán informes semestrales a las Direcciones Territoriales del Ministerio del Trabajo sobre las actividades de asesoría y asistencia técnica, así como del grado de implementación del SG-SST.
El incumplimiento en la implementación del SG-SST da origen a sanciones económicas. Se han establecido multas que pueden llegar hasta los quinientos (500) salarios mínimos mensuales legales vigentes. Estas multas son graduales, de acuerdo con la gravedad de la infracción. Fueron establecidas inicialmente por el Decreto 1295 de 1994, el cual a su vez fue modificado por la Ley 1562 de 2012 y ahora está contenido en el Decreto único reglamentario del sector trabajo
De acuerdo al Ministerio de Trabajo quien vigilara el cumplimiento de todo lo dispuesto en el decreto les corresponde a las Administradoras de Riesgos Laborales (ARL). Estas podrán informar a las Direcciones Territoriales del Ministerio de Trabajo sobre aquellos casos en los que se evidencie que hay incumplimiento del decreto, por pate de las empresas afiliadas a la respectiva ARL. Sin embargo, cualquier persona, o cualquier trabajador también pueden hacer denuncias al respecto.